DESDE EL LUNES – Con las nuevas medidas, vuelven los clubes y se extienden horarios

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El Gobierno de Santa Fe anunció este viernes por la noche cómo serán las restricciones en las próximas dos semanas a partir del lunes 14 y hasta el 25 de junio inclusive.

Entre las medidas más sobresalientes, con algunas flexibilidades, es la reaperturas de los clubes, con la modalidad entrenamiento; los gimnasios  y establecimientos afines; la extensión de horarios en la actividad comercial y en la circulación poblacional, como así también la vuelta de la actividad religiosa de manera presencial.

Los siguientes horarios son los establecidos por la Provincia, pero en la mañana del sábado, desde la Municipalidad adaptarán los horarios de manera detallada para cada rubro.

El detalle

  • Se amplía el horario comercial mayorista y minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las 19 horas. Con 30% de aforo.
  • Queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería.
  • Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 6 y las 19hs.
  • Queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 6 hasta las 20. El resto del tiempo sólo podrán circular esenciales y quienes estén debidamente justificados por una situación de fuerza mayor.
  • Se habilitan las actividades religiosas al aire libre sin superar las 10 personas.
  • Permiten actividades recreativas sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas, se habilita la actividad de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines.

Se suspenden las siguientes actividades 

  • Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados.
  • Teletrabajo / Trabajo Remoto Personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.
  • Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
  • Actividad inmobiliaria y aseguradora, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
  • Continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.
  • Continúan suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.

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