NUEVAS MEDIDAS – Cómo será la actividad comercial y los horarios en El Trébol

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El Gobierno provincial anticipó las medidas que comenzarán a regir a partir del próximo lunes 31 de mayo y que se extenderán al 6 de junio inclusive. Hay algunos cambios, con una tenue apertura y flexibilización en algunos sectores económicos, no así en las actividades recreativas.

Las disposiciones

Solo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 y las 18hs o por razones especialmente autorizadas, y en este sentido quedan suspendidas todas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial.

No obstante, las personas podrán realizar salidas de esparcimiento y actividad física en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular (hasta las 18hs). Solo de paso, sin permanencia en los lugares y de manera individual.

Para circular deberán descargarse la APPCOVID 19 Santa Fe o CUIDAR y tramitar el permiso en la página https://www.argentina.gob.ar/circular

Actividades autorizadas

  • Queda permitida la actividad laboral y comercial adecuada a los horarios establecidos hasta el 04/06.
  • El ejercicio de profesiones liberales, inmobiliarias y aseguradoras, actividades administrativas de empresas y comercios, sindicatos y similares, solo de manera remota.
  • Funcionamiento de jardines maternales.

A diferencia de las medias que rigen actualmente, los comercios en general (tiendas, librerías, etc), centros estéticos y afines podrán abrir sus puertas y atender al público de lunes a viernes de 7 a 17hs, respetando el 30% de aforo; del mismo modo lo podrán hacer los bares, restó, heladerías y afines, de acuerdo al horario permitido, en este caso, de 6 a 19hs, con delivery o retiro hasta las 23hs.

Los kioscos y maxi kioscos, como así también los comercios de los rubros alimenticios, podrán funcionar de lunes a domingo de 7 a 19hs.

Las estaciones de servicios estarán abiertas desde las 6 de la mañana, y la GNC atenderá las 24hs. Los shop tendrán los mismos horarios que los bares (de 6 a 19hs).

Actividades no permitidas

  • Reuniones sociales en domicilios particulares y en espacios públicos al aire libre. Práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios cerrados o al aire libre.
  • Funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluyendo los destinados a la práctica del denominado «Fútbol 5».
  • Funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles y afines, en espacios cerrados o al aire libre. Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur.
  • Realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos tanto en espacios cerrados como al aire libre. Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares.Teatros, centros culturales, bibliotecas, salas y otros establecimientos afines.
  • Actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes. Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
  • Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial.

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