En Sastre, se aprobó la obligatoriedad de los debates entre candidatos locales

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En la última sesión del Concejo Municipal de Sastre, el bloque de “Juntos por el Cambio” logró la aprobación del proyecto que establece la obligatoriedad de los debates públicos entre candidatos que aspiren a la intendencia y para ocupar una banca en el recinto legislativo local.

La norma fue sancionada este jueves y necesitó del voto doble del presidente del cuerpo legislativo, Leandro Baravalle debido a la oposición de los ediles de la Unión Cívica Radical, Oscar Cagliero y Lorena Carabelli y también del concejal justicialista, Sergio Balbi.

Desde el espacio, que encabeza Baravalle junto a Ruben Bustamante y Elisabet Bonino, venían reclamando una norma para fijar reglas de juego permanentes en la previa de las elecciones para elegir autoridades locales. Con la aprobación del Concejo, ahora la Ordenanza Nº 1.268/2021 será girada al Ejecutivo Municipal que tendrá diez días para su promulgación.

La propuesta, que volvió a tomar impulso en la sala “Raúl Cragnolino” a comienzos de este mes, dispone que “todos aquellos candidatos a intendente y concejal de la ciudad de Sastre oficializados para participar en Elecciones Generales, deberán participar de todos los debates públicos organizados por empresas o entidades privadas y/o públicas”.

No es la primera vez que JxC viene hablando de regular los debates entre candidatos. En ese contexto, la concejal del espacio que cuenta con mayoría, Bonino afirmó que “cuando nos postulamos a un cargo, debemos explicar y contar a la gente que pensamos, contar nuestros proyectos e ideas, dar la cara”. Y aseguró: “los debates aportan mucho en ese sentido”.

Asimismo, desde el bloque consideraron que los debates públicos entre candidatos permiten a los ciudadanos conocer las plataformas de los postulantes, como así también su posicionamiento frente a diversos temas de importancia para la localidad.

El proyecto establece sanciones económicas para los candidatos que no participen de un debate público, a quienes se les impondrá una multa de 200 unidades fijas (cada UF equivale al 50% del valor de un litro de nafta súper). Lo recaudado en concepto de esta Ordenanza, deberá ser depositado en una cuenta especial creada para tal fin y donado, en partes iguales, a los comedores escolares de nuestra localidad, según el texto de la iniciativa.

Fuente: Infosastre.com.ar

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