Desde agosto ya no se podrá vender combustible a los sin casco

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Con casco sí o sí – Fue sancionada la Ordenanza Nº 813 y se multará a las estaciones que no cumplan con la ley. Ya rige en la ciudad de El Trébol, la ordenanza Nº 813 que prohíbe el expendio de combustible a motociclistas que se conduzcan sin casco por la vía pública.

La reglamentación fue sancionada en el Concejo de la ciudad y puesta en vigencia por el Municipio la semana pasada.
«Es la ordenanza Nº 813 y establece que se prohíba el expendio de combustible a los conductores de moto que no lleven casco», informó a este medio al Dra. Jaqueline Yakas, Jueza de Faltas de la ciudad de El Trébol.

En caso de incumplimiento a la Ordenanza, la sanción será a los propietarios de las estaciones de servicio.

Primero se realizará sólo un apercibimiento, luego una multa de 40 litros de combustible común y en caso de persistir los incumplimientos, se sanciona con el pago del doble de litros que la sanción anterior.

El control estará a cargo de los Inspectores y junto a los empleados de las estaciones. «Hay que informar que no se puede expender combustible si no portan casco, pero además les suministramos a las estaciones el cartel indicativo con la ordenanza para que se coloque en el surtidor», explicó Yakas y agregó: «Habrá un período de adaptación. El plazo es de 30 días, no es de cumplimiento inmediato para que la gente vaya asimilando la mueva reglamentación».

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