FEMICIDIO EN CASAS – Pedirán prisión perpetua para el acusado del femicidio contra Verónica Soulé

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Los fiscales Alejandra Del Río Ayala y Matías Broggi solicitarán la pena de prisión perpetua contra el hombre investigado como autor del femicidio de su pareja Verónica Soulé cometido en marzo del año pasado en la localidad de Casas, ubicada en el departamento San Martín. Así lo adelantaron ambos funcionarios en la acusación que presentaron este jueves en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

El incriminado, Lisandro Cabral, de 33 años, se encuentra en prisión preventiva desde junio de 2020 y continuará privado de su libertad al ser rechazado por el juez, Héctor Gabriel Candioti, el pedido que hizo la defensa para que revea la medida cautelar.

“Soulé fue atacada por su pareja en horas de la madrugada del martes 17 de marzo del año pasado en la vivienda que compartían en Casas”, recordaron los fiscales e indicaron que “la mujer murió seis días después a raíz de las heridas que sufrió”. Y en esa misma línea argumentaron que “el acusado utilizó un encendedor para prenderle fuego a la víctima, que estaba rociada con alcohol”.

Además, los representantes del Ministerio Público de la Acusación (MPA) precisaron que “Soulé sufrió quemaduras en el menos el 70% de su cuerpo, fundamentalmente en el pecho, cuello, brazos y piernas y abdomen”, para luego indicar que “el ataque fue realizado en un claro contexto de violencia de género”.

Asimismo, sostuvieron que la víctima y el acusado “habían iniciado una relación de pareja en 2002, tienen dos hijos en común y convivieron más de 10 años, durante los cuales el imputado maltrató física, psicológica y económicamente a Soulé”.

Del Río Ayala y Broggi, también señalaron que “las agresiones físicas consistieron en golpes en el cuerpo y en la cara de la mujer en reiteradas oportunidades y de manera continua. E incluso, le arrojó objetos para lastimarla”.

Sobre el maltrato psicológico resaltaron que “Soulé era culpada por el acusado por los males que atravesaba la familia, la vigilaba y la perseguía constantemente, no le permitía salir sola, le exigía obediencia, le impedía hablar con otros hombres y la aislaba de su familia y de sus amigas”.

En la misma dirección detallaron que “la violencia económica, en tanto, consistió en impedirle que continúe trabajando, de manera tal que el acusado era el único aportante del hogar, lo que generaba dependencia económica de Soulé”.

Los funcionarios del MPA también hicieron hincapié en que el acusado, a quien le atribuyen el delito de homicidio agravado por el vínculo y por violencia de género (femicidio), “siempre amenazaba de muerte a la víctima y también le decía que le quitaría los hijos”.

Confirmación

En relación a la ratificación de la prisión preventiva, los fiscales explicaron que “nos opusimos a la solicitud que hizo ayer la defensa del imputado en la que pidió la libertad de su cliente y, subsidiariamente, planteó la prisión preventiva domiciliaria. Entendemos que no hay nuevas evidencias incorporadas al legajo que permitan –tal como lo exige el artículo 225 del Código Procesal Penal– rever la medida cautelar”.

Del Río Ayala y Broggi señalaron que le plantearon al juez que “antes de estar privado de su libertad, el imputado entorpeció la investigación con acciones muy concretas” y, en tal sentido, tomaron como ejemplo “la pericia realizada por los bomberos que concluye que distintos ambientes de la casa fueron limpiados”.

“Entendemos que sigue habiendo riesgos procesales”, manifestaron y, por otra parte, sostuvieron que “ya presentamos la acusación, en la cual planteamos que la pena en expectativa es la de prisión perpetua, por lo cual también consideramos que debe seguir en prisión preventiva hasta la realización del juicio oral y público”.

En tanto, la madre de la víctima, Graciela Ríos, se constituyó en querellante y es representada por las abogadas Laura Gerar y Vivian Galeano del Centro de Asistencia Judicial (CAJ) de la provincia.

Cabe destacar que la presentación de la acusación es uno de los pasos procesales que lleva a cabo la Fiscalía y consiste en la presentación de un documento escrito en el que solicita la apertura del juicio oral y público contra la o las personas imputadas. El mismo es presentado ante el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) y en él acompañan la fundamentación de la acusación y un detalle de las evidencias del caso. Además, se informan los datos personales del imputado, los hechos ocurridos, la calificación legal y la pena solicitada.

Luego, la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) debe convocar a la denominada audiencia preliminar, en la que las partes -Fiscalía, defensa y querella- discuten acerca de la acusación presentada y las evidencias que se ofrecerán en el juicio. Finalizada esta instancia, el juez puede –en caso que lo considere conducente– disponer el auto de apertura a juicio, que permitirá el inicio del debate oral y público.

Fuente: Lacapital.com.ar

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