Cómo habilitar un comercio y cuáles son los requisitos

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Todas las personas que quieren emprender una actividad económica deben habilitar de acuerdo a las diferentes ordenanzas municipales el espacio físico; contar con los permisos que regulan cada uno de los rubros y las inspecciones aprobadas.

Estos pasos, que pueden parecer tediosos, son sumamente importantes, ya que establecen las reglas y normas que se deben cumplir, las medidas de seguridad que se corresponden y que son indispensables para el cuidado y la integridad de la comunidad.

Al mismo tiempo, para quienes ya tienen su lugar habilitado, se recuerda el cumplimiento de las leyes, como ser decibeles de música, el respeto a la Ley 24.788 que prohíbe el expendio a menores de dieciocho años, de todo tipo de bebidas alcohólicas, los horarios de cierre, etc.  En este sentido, indicar que el Gobierno local puede realizar inspecciones para constatar estas cuestiones.

¿Qué se necesita para habilitar un local?

En primer lugar, antes de comenzar cualquier actividad, la persona debe acercarse al Municipio (Habilitaciones/Drei) y consultar los requisitos para el tipo de emprendimiento que ha optado.

Una vez cumplido cada paso reglamentado podrá desarrollarse libremente en la parte comercial; de lo contraria, el municipio podrá clausurar el lugar, si no cumple y si no se adapta a lo establecido, siendo flexible muchas veces y dando tiempo para que las personas puedan cumplir y ponerse a la ley.

A tener en cuenta  

También, contar con los planos de edificación correspondientes, debiendo reunir el local las exigencias establecidas para cada rubro de explotación, según se consigna en el presente ordenamiento y de acuerdo al Código de Edificación y leyes vigentes en ese sentido.

Abonar, ante la oficina recaudadora que corresponda, los derechos y/o tasas establecidas en la forma y dentro de los plazos indicados en la Ordenanza Tributaria.

Los locales deberán poseer matafuegos en números adecuados a la capacidad del mismo; los bares, cantinas, comedores, etc., deberán contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir cualquier contingencia que pudieran sufrir los asistentes; contar con un botiquín para primeros auxilios.

El sector destinado a bar, buffet y restaurante deberá reunir las condiciones higiénico-sanitarias exigidas por el Código Alimentario Argentino, reglamentado por la ley nacional Nº 18284 y el Código Bromatológico de la Provincia de Santa Fe.

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